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Nuevo Código Procesal Penal: “El objetivo es encontrar una solución al conflicto con la participación de la víctima”

El ministro del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes, Eduardo Panseri, brindó una disertación en una de las dos salas de audiencias del edificio que se inauguró  en Saladas donde explicó las ventajas de la nueva normativa aprobada en el 2019 y el cambio de paradigma en la prestación del servicio de justicia que implica.

El ministro del STJ sostuvo que el Código Procesal Penal significa un cambio radical ya que se pasa del expediente escrito que contenía gran cantidad de fojas al digital. Ejemplificó con una causa actual sobre un hecho ocurrido hace 13 meses, con nueve imputados, innumerables testigos y que está actualmente en debate la celeridad con la que se llevan adelante los procesos con la nueva normativa. “La jueza de Garantía, doctora Margarita López Rivadeneira llevó adelante 51 audiencias”, informó el doctor Panseri.

Esta inmediatez que tienen las partes con el magistrado y el acortamiento de los tiempos “significan un cambio de conducta tanto del juez como de los abogados, fiscales y la sociedad”, enfatizó el doctor Panseri.

Se pasa de un proceso escrito a uno oral donde solo habrá 4 escritos: la orden de allanamiento, la acusación fiscal, la sentencia y el cómputo de pena que realiza el juez de Ejecución de Condena.

También comentó estadísticas de aquellos lugares donde ya se implementa el Código e informó que lo normal es que no se suspendan las audiencias y que solo fracasan excepcionalmente por casos de fuerza mayor.

La participación de la víctima, un punto clave

Como una de las principales ventajas de la normativa, el ministro destacó la importancia que se le da a la víctima en todo el proceso: debe estar informada de lo que sucede y a su vez debe ser escuchada si quiere manifestarse. Esto antes no sucedía, ya que el antiguo código no le brindaba un lugar tan destacado.

Es fundamental, además, según explicó el doctor Panseri que lo que acuerdan las partes, tanto fiscalía como la defensa se respeta y el juez nada más homologa los acuerdos. “Esto permite que se pueda establecer el juicio abreviado por ejemplo que hace que sean las propias partes la que encuentren solución al conflicto y permite ahorrar recursos al sistema judicial”. Sobre la convivencia de causas anteriores y las actuales indicó que hay tres años de plazo para terminar las que se iniciaron bajo la antigua normativa y que siempre tienen prioridad las nuevas.

Se refirió también en el cambio de rol del juez y el fiscal, ya que desde ahora el fiscal es el que investiga y el juez solo debe decidir en base a las pruebas y los pedidos tanto de la defensa como de la fiscalía.